Aviso cuando otra compañía pasa a ser dueña de su préstamo
15 U.S.C. § 1641(g)
En palabras sencillas
Cuando su préstamo hipotecario se vende o se cede a un nuevo dueño, el nuevo dueño debe avisarle por escrito dentro de 30 días. El aviso debe decir quién es el nuevo dueño, cómo comunicarse con él, la fecha de la transferencia y dónde está registrada.
A quién protege
Prestatarios de un préstamo hipotecario de consumo garantizado por su vivienda principal.
Cuándo aplica
- Solo si la casa es su residencia principal.
Lo que usted puede hacer
Pregunte quién es dueño de su préstamo
Si nunca recibió un aviso, envíe a su administrador una solicitud de información pidiendo el nombre y la dirección del dueño del préstamo. Debe responder dentro de 10 días hábiles.
Abrir la herramienta
Límites, con honestidad
- La falta de aviso por sí sola no anula el préstamo ni detiene una ejecución. Puede apoyar un reclamo de daños y preguntas sobre quién tiene derecho a ejecutar.
- Esto es información legal general, no asesoría legal, y no promete ningún resultado. Un consejero de vivienda aprobado por HUD o un abogado puede revisar su caso.
La ley
- Ley federalTILA — notice of new creditor
15 U.S.C. § 1641(g)
Parte exacta: (g)
Lo que dice: El nuevo dueño o cesionario debe avisar por escrito al prestatario dentro de 30 días después de que el préstamo se venda, transfiera o ceda.
Leer el texto oficialhttps://uscode.house.gov/view.xhtml?req=granuleid:USC-prelim-title15-section1641&num=0&edition=prelim - Reglamento federalRegulation Z — mortgage transfer disclosures
12 C.F.R. § 1026.39
Lo que dice: La Regulación Z establece quién debe dar el aviso de transferencia y qué debe decir.
Leer el texto oficialhttps://www.ecfr.gov/current/title-12/part-1026/section-1026.39
Casos judiciales
- Perdió el propietarioMismo temaBoren v. U.S. National Bank Ass'n
Boren v. U.S. Nat'l Bank Ass'n, 807 F.3d 99 (5th Cir. 2015)
un prestamista puede abandonar una aceleración anterior avisando que busca menos del saldo acelerado completo, lo que reinicia el plazo de prescripción de cuatro años
- Perdió el propietarioMismo temaWhittier v. Ocwen Loan Servicing, L.L.C.
Whittier v. Ocwen Loan Servicing, L.L.C., 594 F. App'x 833 (5th Cir. 2014) (per curiam) (unpublished)
un reclamo bajo RESPA contra un administrador fracasa sin prueba de daños reales causados por la violación
- Perdió el propietarioMismo temaMartins v. BAC Home Loans Servicing, L.P.
Martins v. BAC Home Loans Servicing, L.P., 722 F.3d 249 (5th Cir. 2013)
un administrador que actúa por un acreedor hipotecario debidamente cedido puede ejecutar en Texas sin poseer el pagaré original, y una promesa verbal de modificar un préstamo grande no es exigible
- Ganó el propietarioMismo temaRenfroe v. Nationstar Mortgage, LLC
Renfroe v. Nationstar Mortg., LLC, 822 F.3d 1241 (11th Cir. 2016)
un administrador que responde a la solicitud escrita de un prestatario sin una investigación razonable puede ser responsable bajo RESPA cuando el prestatario alega daños resultantes
- Ganó el propietarioMismo temaJesinoski v. Countrywide Home Loans, Inc.
Jesinoski v. Countrywide Home Loans, Inc., 574 U.S. 259 (2015)
un prestatario ejerce el derecho de rescisión de la Ley de Veracidad en los Préstamos notificando por escrito al prestamista dentro de tres años, sin necesidad de demandar en ese plazo
- Ganó el propietarioMismo temaMarais v. Chase Home Finance LLC
Marais v. Chase Home Fin. LLC, 736 F.3d 711 (6th Cir. 2013)
un prestatario que alega daños reales, como intereses adicionales, causados por la respuesta deficiente del administrador a una solicitud escrita calificada tiene un reclamo válido bajo RESPA
Derechos relacionados
Obtenga información de su administrador (solicitud de información)
12 C.F.R. § 1024.36(a)
Usted puede pedirle por escrito a su administrador información sobre su préstamo — por ejemplo, su historial de pagos, quién es el dueño del préstamo o cómo se calculó su depósito en garantía. El administrador debe confirmar que recibió su solicitud dentro de 5 días hábiles y contestar dentro de 30 días hábiles. Si pregunta quién es el dueño de su préstamo, debe decírselo dentro de 10 días hábiles.
Leer este derechoAviso cuando su préstamo pasa a un nuevo administrador
12 U.S.C. § 2605(b)–(d)
Cuando cambia la compañía que cobra sus pagos, tanto el administrador anterior como el nuevo deben avisarle por escrito. El anterior normalmente debe avisarle al menos 15 días antes del cambio; el nuevo, dentro de 15 días después. Durante 60 días después del cambio, un pago que usted envíe a tiempo al administrador anterior no puede tratarse como atrasado.
Leer este derechoEl derecho a cancelar algunos préstamos garantizados con su casa (rescisión)
15 U.S.C. § 1635(a)
Para algunos préstamos que ponen un gravamen sobre la casa donde vive — como muchos préstamos sobre el valor de la vivienda o refinanciamientos con un nuevo prestamista — usted puede cancelar dentro de 3 días hábiles después del cierre. Si el prestamista no le dio los avisos y divulgaciones requeridos, ese plazo puede extenderse hasta 3 años. Usted cancela enviando un aviso escrito al prestamista.
Leer este derechoExija que su administrador corrija errores (aviso de error)
12 C.F.R. § 1024.35(a)
Si el administrador de su hipoteca cometió un error — por ejemplo, no acreditó un pago, cobró un cargo indebido o dio un saldo de liquidación equivocado — usted puede enviar un "aviso de error" por escrito. El administrador debe confirmar que recibió su carta dentro de 5 días hábiles. Luego debe corregir el error o explicarle por escrito, después de una investigación razonable, por qué cree que no hubo error, normalmente dentro de 30 días hábiles.
Leer este derechoUn saldo de liquidación exacto dentro de 7 días hábiles
12 C.F.R. § 1026.36(c)(3)
Si usted pide por escrito cuánto se necesita para liquidar su hipoteca, el prestamista o administrador debe enviarle un estado de liquidación exacto en un tiempo razonable — no más de 7 días hábiles. Lo necesita para refinanciar, vender o planear cómo salvar su casa.
Leer este derechoEl derecho a ser escuchado en el tribunal y a representarse a sí mismo
U.S. Const. amend. XIV, § 1Due Process Clause
El debido proceso significa que antes de que el gobierno, por medio de un tribunal, le quite su propiedad, usted debe tener una oportunidad real de ser escuchado. En un tribunal federal, usted tiene el derecho legal de presentar su propio caso sin abogado. La mayoría de los tribunales estatales también permiten que las personas se representen a sí mismas, según las reglas estatales.
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