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Préstamos garantizados por USDA: opciones de administración antes de la ejecución

7 C.F.R. § 3555.301

En palabras sencillas

Si tiene un préstamo de vivienda garantizado por USDA Desarrollo Rural, el prestamista debe contactarlo pronto después de un atraso, tratar de saber por qué se atrasó y enviarle una carta certificada pidiendo una entrevista antes de que tenga 60 días de atraso. Si usted califica, debe considerar las opciones en orden: acuerdo de pagos, indulgencia especial, modificación del préstamo y un anticipo de recuperación hipotecaria. Más adelante puede haber opciones simplificadas.

A quién protege

Prestatarios con un Préstamo Garantizado de Vivienda Unifamiliar de USDA que viven en la casa.

Cuándo aplica

  • Solo mientras está atrasado pero aún no tiene un aviso de ejecución, después de un aviso de incumplimiento o cuando ya hay fecha de venta.
  • Solo para préstamos USDA.
  • Solo si la casa es su residencia principal.
  • La administración tradicional exige que usted viva en la casa, que el atraso se deba a una causa fuera de su control y que probablemente pueda pagar en adelante.
  • Estas reglas son para préstamos garantizados por USDA (7 C.F.R. parte 3555). Los préstamos directos de USDA siguen otras reglas.
Vea si aplica en su caso

Lo que usted puede hacer

  • Conteste la carta de entrevista del prestamista y presente la solicitud

    Responda la carta certificada, explique la causa del atraso con pruebas y envíe los documentos que pida el prestamista.

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  • Planee sus próximos pasos

    Use el planificador de estrategia para comparar las opciones de USDA con otros caminos.

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Límites, con honestidad

  • Las opciones están disponibles solo si cumple las condiciones de elegibilidad, y el prestamista no está obligado a aprobar ninguna en particular.
  • Nota: estas reglas para préstamos en mora están en la subparte G de la parte 3555 (§§ 3555.301–3555.307); la subparte F cubre préstamos al día.
  • Estas son reglas que el gobierno impone a los prestamistas. Si usted puede hacerlas valer en un tribunal depende de su estado: algunos tribunales las tratan como condiciones que el prestamista debe cumplir antes de ejecutar, otros no.
  • Esto es información legal general, no asesoría legal, y no promete ningún resultado. Un consejero de vivienda aprobado por HUD o un abogado puede revisar su caso.

La ley

  1. Reglamento federalUSDA — general servicing techniques

    7 C.F.R. § 3555.301

    Lo que dice: Los prestamistas deben actuar pronto, evaluar acciones de mitigación de pérdidas, contactar al prestatario y enviar una carta certificada pidiendo una entrevista antes de 60 días de atraso.

    Leer el texto oficial
  2. Reglamento federalUSDA — traditional servicing options

    7 C.F.R. § 3555.303

    Lo que dice: Los prestatarios elegibles deben ser considerados, en orden, para un acuerdo de pagos, indulgencia especial, modificación del préstamo y anticipo de recuperación hipotecaria.

    Leer el texto oficial
  3. Reglamento federalUSDA — streamline servicing options

    7 C.F.R. § 3555.304

    Lo que dice: Después de agotar las opciones tradicionales, las opciones simplificadas pueden bajar el pago sin una revisión financiera completa.

    Leer el texto oficial

Casos judiciales

  • Perdió el propietarioMismo tema
    Martins v. BAC Home Loans Servicing, L.P.

    Martins v. BAC Home Loans Servicing, L.P., 722 F.3d 249 (5th Cir. 2013)

    un administrador que actúa por un acreedor hipotecario debidamente cedido puede ejecutar en Texas sin poseer el pagaré original, y una promesa verbal de modificar un préstamo grande no es exigible

  • Perdió el propietarioMismo tema
    Lage v. Ocwen Loan Servicing LLC

    Lage v. Ocwen Loan Servicing LLC, 839 F.3d 1003 (11th Cir. 2016)

    el deber del administrador de evaluar una solicitud de mitigación de pérdidas depende de que se presente más de 37 días antes de la fecha de venta programada en ese momento

  • Perdió el propietarioMismo tema
    Gresham v. Wells Fargo Bank, N.A.

    Gresham v. Wells Fargo Bank, N.A., 642 F. App'x 355 (5th Cir. 2016) (per curiam) (unpublished)

    la prohibición federal de doble vía aplica solo cuando el administrador recibe una solicitud completa de mitigación de pérdidas más de 37 días antes de la venta

  • Perdió el propietarioMismo tema
    Boren v. U.S. National Bank Ass'n

    Boren v. U.S. Nat'l Bank Ass'n, 807 F.3d 99 (5th Cir. 2015)

    un prestamista puede abandonar una aceleración anterior avisando que busca menos del saldo acelerado completo, lo que reinicia el plazo de prescripción de cuatro años

  • Perdió el propietarioMismo tema
    Whittier v. Ocwen Loan Servicing, L.L.C.

    Whittier v. Ocwen Loan Servicing, L.L.C., 594 F. App'x 833 (5th Cir. 2014) (per curiam) (unpublished)

    un reclamo bajo RESPA contra un administrador fracasa sin prueba de daños reales causados por la violación

  • Perdió el propietarioMismo tema
    Milton v. U.S. Bank National Ass'n

    Milton v. U.S. Bank Nat'l Ass'n, 508 F. App'x 326 (5th Cir. 2013) (per curiam) (unpublished)

    un acuerdo para retrasar una ejecución en Texas está dentro de la ley de fraudes y debe constar por escrito para ser exigible

Derechos relacionados

Reglamento federalVerificado el 23 sept 2026

Una revisión justa y a tiempo de su solicitud de ayuda

12 C.F.R. § 1024.41(b)(1)

Cuando usted solicita ayuda (como una modificación del préstamo), su administrador debe decirle dentro de 5 días hábiles si su solicitud está completa y qué falta, si la envió 45 días o más antes de una venta. Si su solicitud completa llega más de 37 días antes de una venta, el administrador debe evaluarlo para todas las opciones que tenga y comunicarle su decisión por escrito dentro de 30 días.

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Reglamento federalVerificado el 23 sept 2026

Contacto temprano e información de ayuda cuando se atrasa

12 C.F.R. § 1024.39(a)

Cuando usted no hace un pago de la hipoteca, su administrador debe intentar hablar con usted en vivo (por teléfono o en persona) a más tardar el día 36 del atraso y contarle las opciones para evitar la ejecución. A más tardar el día 45 debe enviarle un aviso escrito que explique las opciones de mitigación de pérdidas y cómo obtener ayuda, incluidos los consejeros de vivienda.

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Reglamento federalVerificado el 23 sept 2026

Préstamos FHA: una reunión antes de la ejecución

24 C.F.R. § 203.604(a)(1)

Si tiene una hipoteca asegurada por la FHA, su prestamista debe reunirse con usted — o hacer un esfuerzo razonable para organizar una reunión — antes de que queden sin pagar tres cuotas mensuales completas y al menos 30 días antes de iniciar la ejecución. Un esfuerzo razonable significa al menos dos intentos comprobables de contactarlo. HUD decide ahora cómo puede hacerse la reunión.

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Reglamento federalVerificado el 23 sept 2026

Préstamos FHA: el prestamista debe buscar maneras de evitar la ejecución

24 C.F.R. § 203.605(a)

Si tiene una hipoteca asegurada por la FHA, su prestamista debe revisar cada mes las opciones de mitigación de pérdidas antes de que queden sin pagar cuatro cuotas completas, y tomar la acción apropiada. Las opciones de la FHA pueden incluir indulgencia especial, modificación del préstamo, un reclamo parcial (un segundo préstamo de HUD sin intereses para cubrir los atrasos), una venta previa a la ejecución o la entrega de la escritura en lugar de ejecución.

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Reglamento federalVerificado el 23 sept 2026

Préstamos VA: administración y opciones de arreglo antes de la ejecución

38 C.F.R. § 36.4350(f)

Si tiene un préstamo de vivienda garantizado por el VA, el prestamista debe tener un sistema para atender a los prestatarios atrasados: intentar comunicarse por teléfono, enviar cartas que expliquen sus opciones y hacer una entrevista en persona o un esfuerzo razonable para organizarla cuando no ha logrado contactarlo. El VA enumera las opciones de arreglo en orden de preferencia: plan de pagos, indulgencia especial, modificación del préstamo, venta corta y entrega de la escritura en lugar de ejecución.

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Reglamento federalVerificado el 23 sept 2026

No se puede iniciar la ejecución hasta que tenga más de 120 días de atraso

12 C.F.R. § 1024.41(f)(1)

Su administrador no puede hacer el primer aviso o la primera presentación para iniciar una ejecución hipotecaria hasta que su préstamo tenga más de 120 días de atraso. Esto le da tiempo para solicitar ayuda. Hay excepciones limitadas, como el incumplimiento de una cláusula de venta.

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