Carolina del Norte: los compradores de deuda necesitan pruebas antes de cobrar o demandar
N.C. Gen. Stat. § 58-70-115(4)–(6)
En palabras sencillas
En Carolina del Norte un comprador de deuda no puede demandar ni intentar cobrar sin prueba válida de que es dueño de tu cuenta y una verificación razonable del monto, incluida copia del contrato y un desglose. Debe enviarte un aviso escrito con esos documentos al menos 30 días antes de demandar. La demanda debe adjuntar el contrato firmado (o registros de uso de la tarjeta) y cada cesión en la cadena de titularidad, o debe desestimarse.
A quién protege
Consumidores de Carolina del Norte perseguidos por un comprador de deuda.
Cuándo aplica
- Solo en Carolina del Norte.
- Solo si hay un cobrador de deudas involucrado.
Lo que usted puede hacer
Pide al comprador de deuda los documentos que exige tu estado
La herramienta Salud de Crédito redacta una solicitud que cita la ley de tu estado. Si te demandan, menciona los documentos faltantes en tu respuesta — y contacta ayuda legal.
Abrir la herramienta
Límites, con honestidad
- Estas reglas ponen a prueba los papeles del comprador de deuda; no borran una deuda que debes.
La ley
- Ley estatalCollection Agency Act — debt buyer unfair practices
N.C. Gen. Stat. § 58-70-115(4)–(6)
Lo que dice: No cobrar sin documentos de titularidad y verificación; aviso de 30 días antes de demandar; no cobrar deudas prescritas.
Leer el texto oficialhttps://www.ncleg.gov/EnactedLegislation/Statutes/HTML/BySection/Chapter_58/GS_58-70-115.html - Ley estatalDebt buyer complaint attachments
N.C. Gen. Stat. § 58-70-150
Lo que dice: Debe adjuntarse el contrato firmado y cada cesión, o la demanda se desestima.
Leer el texto oficialhttps://www.ncleg.gov/EnactedLegislation/Statutes/HTML/BySection/Chapter_58/GS_58-70-150.html - Ley estatalProof before default or summary judgment
N.C. Gen. Stat. § 58-70-155
Lo que dice: Se exigen registros comerciales autenticados; las sentencias que no cumplen son nulas.
Leer el texto oficialhttps://www.ncleg.gov/EnactedLegislation/Statutes/HTML/BySection/Chapter_58/GS_58-70-155.html
Casos judiciales
- Ganó el propietarioMismo temaJerman v. Carlisle, McNellie, Rini, Kramer & Ulrich, L.P.A.
Jerman v. Carlisle, McNellie, Rini, Kramer & Ulrich, L.P.A., 559 U.S. 573 (2010)
la defensa de error de buena fe de la FDCPA no excusa la interpretación incorrecta de lo que exige la ley por parte de un cobrador
- Ganó el propietarioMismo temaKaltenbach v. Richards
Kaltenbach v. Richards, 464 F.3d 524 (5th Cir. 2006)
una persona que cumple la definición general de cobrador de deudas de la FDCPA está sujeta a toda la ley aun cuando hace valer una garantía
- Ganó el propietarioMismo temaHeintz v. Jenkins
Heintz v. Jenkins, 514 U.S. 291 (1995)
la FDCPA aplica a los abogados que cobran deudas de consumo con regularidad, incluso mediante litigios
- Perdió el propietarioMismo temaObduskey v. McCarthy & Holthus LLP
Obduskey v. McCarthy & Holthus LLP, 586 U.S. 466 (2019)
un negocio dedicado solo a ejecuciones no judiciales no es un cobrador de deudas bajo la FDCPA, aparte de la disposición que prohíbe amenazar con tomar la propiedad sin un derecho actual
- Perdió el propietarioMismo temaMidland Funding, LLC v. Johnson
Midland Funding, LLC v. Johnson, 581 U.S. 224 (2017)
presentar un reclamo obviamente prescrito en la bancarrota no viola la FDCPA
Derechos relacionados
Una disputa escrita detiene el cobro hasta que el cobrador verifique
15 U.S.C. § 1692g(b)
Si disputas la deuda por escrito dentro de los 30 días del período de validación, el cobrador debe dejar de cobrar lo disputado hasta que te envíe la verificación de la deuda o copia de una sentencia. Lo mismo aplica si pides por escrito el nombre y dirección del acreedor original. La ley federal pone un estándar bajo para la "verificación": los tribunales difieren, y no exige el contrato original firmado.
Leer este derechoCarolina del Norte: plazo para demandar por una deuda de consumo
N.C. Gen. Stat. § 1-52(1)
En Carolina del Norte, el acreedor generalmente tiene 3 años para demandar por un contrato. Un comprador de deuda no puede demandar ni intentar cobrar una deuda que sabe que está prescrita (G.S. 58-70-115(4)). Después de que vence el plazo, un cobrador no puede demandar ni amenazar con demandar (Reg F § 1006.26(b)).
Leer este derechoDespués de la exoneración, los acreedores no pueden cobrarle la deuda eliminada
11 U.S.C. § 524(a)(2)
Una exoneración (discharge) en bancarrota elimina su responsabilidad personal por la mayoría de las deudas del caso. Después de eso, la ley prohíbe a los acreedores demandarlo, llamarlo o intentar de otra manera cobrarle personalmente una deuda exonerada. Un tribunal puede declarar en desacato a un acreedor si no había duda razonable de que su conducta estaba prohibida.
Leer este derechoUna cobranza o cancelación debe llevar su fecha real de atraso
15 U.S.C. § 1681s-2(a)(5)(A)
Una empresa que reporta una cuenta enviada a cobranza o cancelada debe informar a la agencia el mes y año en que empezó el atraso, dentro de 90 días. Esa fecha fija cuándo el dato debe salir de su reporte, y no cambia cuando se vende la deuda.
Leer este derechoExija que la compañía que reportó el error lo investigue
15 U.S.C. § 1681s-2(b)(1)
La compañía que reportó la información — como su administrador — debe investigar cuando una agencia de crédito le pasa su disputa, y corregir lo que esté mal con todas las agencias. En muchos casos también puede disputar directamente con esa compañía, que entonces debe investigar e informarle el resultado.
Leer este derechoLa mayoría de los datos negativos deben salir después de 7 años
15 U.S.C. § 1681c(a)(a)(1), (4), (5)
Las agencias de crédito no pueden reportar cuentas en cobranza, cancelaciones contables y la mayoría de los otros datos negativos con más de 7 años. Para una cobranza o cancelación, los 7 años empiezan 180 días después de que comenzó el atraso que la causó — unos 7 años y medio desde el primer pago atrasado que nunca se puso al día. Pagar, liquidar o revender la deuda no reinicia este plazo. Las bancarrotas pueden reportarse por 10 años.
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