Derecho a redimir antes de que se confirme la venta fiscal
N.C. Gen. Stat. § 105-374
En palabras sencillas
En una ejecución de gravamen fiscal en Carolina del Norte, puede redimir su propiedad pagando los impuestos, multas, intereses y costos antes de que el tribunal confirme la venta. La confirmación ocurre cuando termina el periodo de ofertas de mejora.
A quién protege
Los dueños de propiedades en Carolina del Norte en una ejecución de gravamen fiscal.
Cuándo aplica
- Solo en Carolina del Norte.
- Solo si usted está atrasado en los impuestos a la propiedad.
Lo que usted puede hacer
Pida al recaudador el monto y un plan
Los condados pueden aceptar pagos parciales antes de la venta.
Plazo: Antes de que el tribunal confirme la venta fiscal
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Límites, con honestidad
- No hay derecho a redimir después de la confirmación.
- Esto es educación general, no asesoría legal. Las leyes cambian y los detalles importan — revise el texto oficial vigente o hable con un abogado de asistencia legal o un consejero de vivienda aprobado por HUD.
La ley
- Ley estatalTax foreclosure — redemption before confirmation
N.C. Gen. Stat. § 105-374
Lo que dice: Redimir antes de la confirmación requiere pagar todos los impuestos más multas, intereses y costos.
Leer el texto oficialhttps://www.ncleg.gov/EnactedLegislation/Statutes/HTML/BySection/Chapter_105/GS_105-374.html
Casos judiciales
- Ganó el propietarioCitado para este derechoJones v. Flowers
Jones v. Flowers, 547 U.S. 220 (2006)
cuando el aviso de una venta por impuestos enviado por correo regresa sin entregar, el gobierno debe tomar pasos razonables adicionales para avisar al dueño antes de vender la propiedad
- Ganó el propietarioMismo temaTyler v. Hennepin County
Tyler v. Hennepin County, 598 U.S. 631 (2023)
un gobierno que vende una casa por impuestos atrasados y se queda con el valor que supera la deuda de impuestos toma propiedad sin justa compensación
- Ganó el propietarioMismo temaHall v. Meisner
Hall v. Meisner, 51 F.4th 185 (6th Cir. 2022)
el valor líquido de un propietario en una propiedad tomada por una deuda de impuestos menor es propiedad protegida, y quitarlo sin compensación constituye una demanda federal de expropiación
- Ganó el propietarioMismo temaMennonite Board of Missions v. Adams
Mennonite Bd. of Missions v. Adams, 462 U.S. 791 (1983)
una persona con un interés registrado en la propiedad tiene derecho a aviso por correo o un medio igual de confiable antes de una venta por impuestos, y la publicación o el anuncio solos no bastan
- Perdió el propietarioMismo temaPung v. Isabella County
Pung v. Isabella County, No. 25-95, slip op. (U.S. June 23, 2026)
después de una venta por impuestos realizada de forma justa, el gobierno debe al antiguo dueño el sobrante del precio de venta, no el valor justo de mercado de la propiedad
Derechos relacionados
El sobrante de una venta fiscal va a quienes tienen derecho
N.C. Gen. Stat. § 105-374(q)
Después de que una venta fiscal pague los costos, impuestos y otros reclamos enumerados, el comisionado entrega el sobrante al secretario para quienes tienen derecho — normalmente el antiguo dueño. Si hay disputa, el secretario guarda el dinero hasta que un procedimiento especial decida quién lo recibe.
Leer este derechoEl derecho a un aviso real antes de que el gobierno quite o venda su casa
U.S. Const. amend. XIV, § 1Due Process Clause
Antes de que un estado o condado venda su propiedad — por ejemplo en una venta por impuestos, o por una ejecución en los tribunales — la Constitución exige un aviso que tenga una probabilidad razonable de llegarle de verdad. Si el gobierno conoce su dirección, publicar un aviso en el periódico no basta. Si un aviso enviado por correo regresa sin ser reclamado, el gobierno debe tomar pasos razonables adicionales para localizarlo, si es posible hacerlo.
Leer este derechoEl gobierno no puede quedarse con el valor de su casa por encima de la deuda de impuestos
U.S. Const. amend. VTakings Clause
Si su casa se toma o se vende para pagar impuestos de propiedad, el gobierno puede cobrar lo que usted debe, pero no puede quedarse con el valor sobrante. Quedarse con el sobrante es "tomar" su propiedad sin una compensación justa, lo que prohíbe la Quinta Enmienda (Tyler v. Hennepin County, 2023). Es posible que pueda reclamar el sobrante, pero normalmente debe seguir el proceso y los plazos de reclamo de su estado.
Leer este derechoManejo justo de su cuenta de depósito en garantía (escrow)
12 C.F.R. § 1024.17(c)(1)
Si su administrador cobra dinero para impuestos y seguro (depósito en garantía o "escrow"), debe pagar esas facturas a tiempo siempre que usted no tenga más de 30 días de atraso. Debe revisar la cuenta cada año y enviarle un estado. No puede guardar más de un pequeño colchón (un sexto de los pagos del año), y debe reembolsar un sobrante de $50 o más dentro de 30 días de la revisión. Cuando usted liquide el préstamo, debe devolverle lo que quede dentro de 20 días hábiles.
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