Derecho a redimir un certificado fiscal hasta que se emita una escritura fiscal
Fla. Stat. § 197.472(1)
En palabras sencillas
Cuando no se pagan los impuestos a la propiedad en Florida, el condado vende un certificado fiscal (un gravamen), no su casa. Puede redimir el certificado en cualquier momento antes de que se emita una escritura fiscal, pagando al recaudador el monto más intereses y costos. No se puede solicitar la escritura fiscal hasta al menos dos años después del 1 de abril del año en que se emitió el certificado.
A quién protege
Dueños de propiedades en Florida con un certificado fiscal vendido en su contra.
Cuándo aplica
- Solo en Florida.
- Solo si usted está atrasado en los impuestos a la propiedad.
Lo que usted puede hacer
Obtenga ayuda con el impuesto predial
Pida al recaudador del condado el monto de redención y páguelo con fondos certificados.
Plazo: Antes de que el secretario emita la escritura fiscal
Abrir la herramientaAnote la fecha límite en su calendario
Si recibe un aviso de solicitud de escritura fiscal, anote la fecha de venta; debe redimir antes de que se emita.
Plazo: La fecha de venta por escritura fiscal en cualquier aviso del secretario
Abrir la herramienta
Límites, con honestidad
- Los intereses y costos aumentan, y una vez pagada la escritura fiscal al secretario ya no puede redimir.
- Esto es información general, no asesoría legal. Las leyes cambian y los detalles dependen de sus documentos y de su tribunal; verifique la ley vigente o consulte a un abogado o a asistencia legal.
La ley
- Ley estatalRedemption of tax certificates
Fla. Stat. § 197.472(1)
Parte exacta: (1)
Lo que dice: Un certificado fiscal puede redimirse en cualquier momento después de emitido y antes de emitirse la escritura fiscal.
Leer el texto oficialhttps://www.flsenate.gov/Laws/Statutes/2026/197.472 - Ley estatalApplication for tax deed
Fla. Stat. § 197.502
Lo que dice: El tenedor puede solicitar la escritura fiscal solo después de dos años desde el 1 de abril del año del certificado.
Leer el texto oficialhttps://www.flsenate.gov/Laws/Statutes/2026/197.502
Casos judiciales
- Ganó el propietarioMismo temaTyler v. Hennepin County
Tyler v. Hennepin County, 598 U.S. 631 (2023)
un gobierno que vende una casa por impuestos atrasados y se queda con el valor que supera la deuda de impuestos toma propiedad sin justa compensación
- Ganó el propietarioMismo temaHall v. Meisner
Hall v. Meisner, 51 F.4th 185 (6th Cir. 2022)
el valor líquido de un propietario en una propiedad tomada por una deuda de impuestos menor es propiedad protegida, y quitarlo sin compensación constituye una demanda federal de expropiación
- Ganó el propietarioMismo temaJones v. Flowers
Jones v. Flowers, 547 U.S. 220 (2006)
cuando el aviso de una venta por impuestos enviado por correo regresa sin entregar, el gobierno debe tomar pasos razonables adicionales para avisar al dueño antes de vender la propiedad
- Ganó el propietarioMismo temaMennonite Board of Missions v. Adams
Mennonite Bd. of Missions v. Adams, 462 U.S. 791 (1983)
una persona con un interés registrado en la propiedad tiene derecho a aviso por correo o un medio igual de confiable antes de una venta por impuestos, y la publicación o el anuncio solos no bastan
- Perdió el propietarioMismo temaPung v. Isabella County
Pung v. Isabella County, No. 25-95, slip op. (U.S. June 23, 2026)
después de una venta por impuestos realizada de forma justa, el gobierno debe al antiguo dueño el sobrante del precio de venta, no el valor justo de mercado de la propiedad
Derechos relacionados
Derecho al sobrante después de una venta por escritura fiscal
Fla. Stat. § 197.582(2)(a)
Si su propiedad se vende en una subasta por escritura fiscal en Florida por más que la oferta inicial del tenedor del certificado, lo extra es sobrante. El secretario debe pagarlo a entidades gubernamentales, acreedores y luego al dueño anterior. Florida tenía esta regla antes de la decisión Tyler v. Hennepin County de 2023.
Leer este derechoEl derecho a un aviso real antes de que el gobierno quite o venda su casa
U.S. Const. amend. XIV, § 1Due Process Clause
Antes de que un estado o condado venda su propiedad — por ejemplo en una venta por impuestos, o por una ejecución en los tribunales — la Constitución exige un aviso que tenga una probabilidad razonable de llegarle de verdad. Si el gobierno conoce su dirección, publicar un aviso en el periódico no basta. Si un aviso enviado por correo regresa sin ser reclamado, el gobierno debe tomar pasos razonables adicionales para localizarlo, si es posible hacerlo.
Leer este derechoEl gobierno no puede quedarse con el valor de su casa por encima de la deuda de impuestos
U.S. Const. amend. VTakings Clause
Si su casa se toma o se vende para pagar impuestos de propiedad, el gobierno puede cobrar lo que usted debe, pero no puede quedarse con el valor sobrante. Quedarse con el sobrante es "tomar" su propiedad sin una compensación justa, lo que prohíbe la Quinta Enmienda (Tyler v. Hennepin County, 2023). Es posible que pueda reclamar el sobrante, pero normalmente debe seguir el proceso y los plazos de reclamo de su estado.
Leer este derechoManejo justo de su cuenta de depósito en garantía (escrow)
12 C.F.R. § 1024.17(c)(1)
Si su administrador cobra dinero para impuestos y seguro (depósito en garantía o "escrow"), debe pagar esas facturas a tiempo siempre que usted no tenga más de 30 días de atraso. Debe revisar la cuenta cada año y enviarle un estado. No puede guardar más de un pequeño colchón (un sexto de los pagos del año), y debe reembolsar un sobrante de $50 o más dentro de 30 días de la revisión. Cuando usted liquide el préstamo, debe devolverle lo que quede dentro de 20 días hábiles.
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