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Ley estatalVerificado el 23 sept 2026Impuestos a la propiedad y ventas por impuestos

Derecho a redimir dentro de seis meses después de una venta fiscal

Conn. Gen. Stat. § 12-157(f)

En palabras sencillas

Después de una venta fiscal en Connecticut, la escritura se retiene seis meses. Durante ese tiempo usted (o un acreedor hipotecario o de gravamen) puede redimir pagando al recaudador los impuestos, intereses y cargos más 18% anual sobre el precio del comprador, y otros montos debidos al pueblo. Si redime, la escritura se cancela.

A quién protege

Contribuyentes morosos y acreedores de propiedades en Connecticut vendidas por impuestos.

Cuándo aplica

  • Solo en Connecticut.
  • Solo si usted está atrasado en los impuestos a la propiedad.
Vea si aplica en su caso

Lo que usted puede hacer

  • Obtenga ayuda con el impuesto predial

    Pida al recaudador del pueblo la cifra de redención y pague antes de que terminen los seis meses.

    Plazo: Dentro de seis meses después de la venta fiscal

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  • Anote la fecha límite en su calendario

    Anote la fecha de venta y la de seis meses.

    Plazo: Seis meses después de la venta fiscal

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Límites, con honestidad

  • Una propiedad abandonada puede tener un plazo más corto, y el pueblo puede usar una ejecución judicial en vez de una venta.
  • Esto es información general, no asesoría legal. Las leyes cambian y los detalles dependen de sus documentos y de su tribunal; verifique la ley vigente o consulte a un abogado o a asistencia legal.

La ley

  1. Ley estatalTax sale; six-month redemption

    Conn. Gen. Stat. § 12-157(f)

    Parte exacta: (f)

    Lo que dice: Redención dentro de seis meses pagando lo adeudado más 18% anual sobre el precio.

    Leer el texto oficial

Casos judiciales

  • Ganó el propietarioMismo tema
    Tyler v. Hennepin County

    Tyler v. Hennepin County, 598 U.S. 631 (2023)

    un gobierno que vende una casa por impuestos atrasados y se queda con el valor que supera la deuda de impuestos toma propiedad sin justa compensación

  • Ganó el propietarioMismo tema
    Hall v. Meisner

    Hall v. Meisner, 51 F.4th 185 (6th Cir. 2022)

    el valor líquido de un propietario en una propiedad tomada por una deuda de impuestos menor es propiedad protegida, y quitarlo sin compensación constituye una demanda federal de expropiación

  • Ganó el propietarioMismo tema
    Jones v. Flowers

    Jones v. Flowers, 547 U.S. 220 (2006)

    cuando el aviso de una venta por impuestos enviado por correo regresa sin entregar, el gobierno debe tomar pasos razonables adicionales para avisar al dueño antes de vender la propiedad

  • Ganó el propietarioMismo tema
    Mennonite Board of Missions v. Adams

    Mennonite Bd. of Missions v. Adams, 462 U.S. 791 (1983)

    una persona con un interés registrado en la propiedad tiene derecho a aviso por correo o un medio igual de confiable antes de una venta por impuestos, y la publicación o el anuncio solos no bastan

  • Perdió el propietarioMismo tema
    Pung v. Isabella County

    Pung v. Isabella County, No. 25-95, slip op. (U.S. June 23, 2026)

    después de una venta por impuestos realizada de forma justa, el gobierno debe al antiguo dueño el sobrante del precio de venta, no el valor justo de mercado de la propiedad

Derechos relacionados

Constitución de EE. UU.Verificado el 23 sept 2026

El derecho a un aviso real antes de que el gobierno quite o venda su casa

U.S. Const. amend. XIV, § 1Due Process Clause

Antes de que un estado o condado venda su propiedad — por ejemplo en una venta por impuestos, o por una ejecución en los tribunales — la Constitución exige un aviso que tenga una probabilidad razonable de llegarle de verdad. Si el gobierno conoce su dirección, publicar un aviso en el periódico no basta. Si un aviso enviado por correo regresa sin ser reclamado, el gobierno debe tomar pasos razonables adicionales para localizarlo, si es posible hacerlo.

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Constitución de EE. UU.Verificado el 23 sept 2026

El gobierno no puede quedarse con el valor de su casa por encima de la deuda de impuestos

U.S. Const. amend. VTakings Clause

Si su casa se toma o se vende para pagar impuestos de propiedad, el gobierno puede cobrar lo que usted debe, pero no puede quedarse con el valor sobrante. Quedarse con el sobrante es "tomar" su propiedad sin una compensación justa, lo que prohíbe la Quinta Enmienda (Tyler v. Hennepin County, 2023). Es posible que pueda reclamar el sobrante, pero normalmente debe seguir el proceso y los plazos de reclamo de su estado.

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Reglamento federalVerificado el 23 sept 2026

Manejo justo de su cuenta de depósito en garantía (escrow)

12 C.F.R. § 1024.17(c)(1)

Si su administrador cobra dinero para impuestos y seguro (depósito en garantía o "escrow"), debe pagar esas facturas a tiempo siempre que usted no tenga más de 30 días de atraso. Debe revisar la cuenta cada año y enviarle un estado. No puede guardar más de un pequeño colchón (un sexto de los pagos del año), y debe reembolsar un sobrante de $50 o más dentro de 30 días de la revisión. Cuando usted liquide el préstamo, debe devolverle lo que quede dentro de 20 días hábiles.

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