Una empresa de reparación de crédito no puede cobrarte antes de hacer el trabajo
15 U.S.C. § 1679b(b)
En palabras sencillas
La ley federal prohíbe a las empresas de reparación de crédito cobrar o recibir dinero por un servicio antes de completarlo. Una empresa que te cobra por adelantado, cobra una tarifa de "inicio" o de "primer trabajo", o cobra una mensualidad por trabajo que aún no hizo, viola la ley.
A quién protege
Quien paga a una empresa (salvo una verdadera organización sin fines de lucro 501(c)(3), un acreedor que reestructura su propia deuda, o un banco o cooperativa) para mejorar su historial de crédito o asesorarle sobre eso.
Cuándo aplica
- Si la empresa te vendió por teléfono, la Regla de Ventas por Telemercadeo de la FTC va más allá: no puede cobrar hasta lograr los resultados prometidos y mostrarlos en un reporte emitido más de 6 meses después (16 C.F.R. § 310.4(a)(2)).
Lo que usted puede hacer
Rechaza cobros por adelantado y denúncialos
No pagues. Denuncia a la empresa ante la FTC (ReportFraud.ftc.gov), la CFPB (consumerfinance.gov/complaint) y el fiscal general de tu estado.
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Sube tus reportes gratuitos de AnnualCreditReport.com. La herramienta muestra lo que conviene revisar y explica tus opciones. Tú decides qué disputar, si algo.
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Límites, con honestidad
- Algunos estados permiten cobrar antes a empresas con fianza, pero la ley federal lo sigue prohibiendo.
- Todo lo que una empresa de reparación de crédito puede hacer legalmente, lo puedes hacer tú gratis.
La ley
- Ley federalCROA — no payment in advance
15 U.S.C. § 1679b(b)
Lo que dice: Ningún pago por un servicio antes de que se complete.
Leer el texto oficialhttps://uscode.house.gov/view.xhtml?req=granuleid:USC-prelim-title15-section1679b&num=0&edition=prelim - Reglamento federalTelemarketing Sales Rule — credit repair
16 C.F.R. § 310.4(a)(2)
Lo que dice: Para reparación de crédito vendida por teléfono, no hay cobro hasta lograr resultados documentados con un reporte emitido 6+ meses después.
Leer el texto oficialhttps://www.ecfr.gov/current/title-16/section-310.4 - Ley federalCROA — civil liability
15 U.S.C. § 1679g
Lo que dice: Puedes recuperar al menos lo que pagaste, más daños punitivos y honorarios de abogado.
Leer el texto oficialhttps://uscode.house.gov/view.xhtml?req=granuleid:USC-prelim-title15-section1679g&num=0&edition=prelim
Casos judiciales
- Victoria parcialMismo temaTaggart v. Lorenzen
Taggart v. Lorenzen, 587 U.S. 554 (2019)
un acreedor puede ser declarado en desacato civil por violar una orden de cancelación de bancarrota cuando no hay duda razonable de que la orden prohibía su conducta
- Ganó el propietarioMismo temaJerman v. Carlisle, McNellie, Rini, Kramer & Ulrich, L.P.A.
Jerman v. Carlisle, McNellie, Rini, Kramer & Ulrich, L.P.A., 559 U.S. 573 (2010)
la defensa de error de buena fe de la FDCPA no excusa la interpretación incorrecta de lo que exige la ley por parte de un cobrador
- Ganó el propietarioMismo temaKaltenbach v. Richards
Kaltenbach v. Richards, 464 F.3d 524 (5th Cir. 2006)
una persona que cumple la definición general de cobrador de deudas de la FDCPA está sujeta a toda la ley aun cuando hace valer una garantía
- Ganó el propietarioMismo temaHeintz v. Jenkins
Heintz v. Jenkins, 514 U.S. 291 (1995)
la FDCPA aplica a los abogados que cobran deudas de consumo con regularidad, incluso mediante litigios
- Perdió el propietarioMismo temaObduskey v. McCarthy & Holthus LLP
Obduskey v. McCarthy & Holthus LLP, 586 U.S. 466 (2019)
un negocio dedicado solo a ejecuciones no judiciales no es un cobrador de deudas bajo la FDCPA, aparte de la disposición que prohíbe amenazar con tomar la propiedad sin un derecho actual
- Perdió el propietarioMismo temaMidland Funding, LLC v. Johnson
Midland Funding, LLC v. Johnson, 581 U.S. 224 (2017)
presentar un reclamo obviamente prescrito en la bancarrota no viola la FDCPA
Derechos relacionados
Cancela un contrato de reparación de crédito dentro de 3 días hábiles
15 U.S.C. § 1679e
Puedes cancelar cualquier contrato de reparación de crédito, por cualquier razón y sin penalidad, hasta la medianoche del tercer día hábil después de firmarlo. La empresa debe darte un formulario "Aviso de Cancelación" en duplicado y no puede empezar a trabajar durante esos 3 días. Algunos estados dan 5 días.
Leer este derechoPrimero un contrato escrito y una declaración de derechos
15 U.S.C. § 1679c
Antes de que firmes, una empresa de reparación de crédito debe darte una declaración escrita separada titulada "Derechos sobre el Expediente de Crédito del Consumidor bajo la Ley Estatal y Federal". No puede darte servicios sin un contrato escrito, firmado y fechado, que diga el costo total, describa los servicios, las garantías, cuánto tardará, la dirección de la empresa y un aviso de cancelación en negrita junto a tu firma. Cualquier renuncia a estos derechos es nula.
Leer este derechoPuede recuperar daños cuando se viola la FCRA
15 U.S.C. § 1681n
Una agencia de crédito o una empresa que le reporta que viola la FCRA a propósito debe sus daños reales o daños legales de $100 a $1,000, posibles daños punitivos, y sus costas y honorarios de abogado. Una violación por negligencia debe los daños reales y los honorarios. El reclamo debe presentarse dentro de 2 años de descubrir la violación y no más de 5 años después de ocurrida.
Leer este derechoUna cobranza o cancelación debe llevar su fecha real de atraso
15 U.S.C. § 1681s-2(a)(5)(A)
Una empresa que reporta una cuenta enviada a cobranza o cancelada debe informar a la agencia el mes y año en que empezó el atraso, dentro de 90 días. Esa fecha fija cuándo el dato debe salir de su reporte, y no cambia cuando se vende la deuda.
Leer este derechoDispute errores en su reporte de crédito
15 U.S.C. § 1681i(a)(1)(A)
Si su reporte de crédito tiene algo equivocado o incompleto — como un pago reportado tarde que usted hizo a tiempo — puede disputarlo gratis con la agencia de crédito. La agencia debe investigar, normalmente dentro de 30 días, y corregir o eliminar la información que no pueda verificar.
Leer este derechoColoca una alerta de fraude gratis
15 U.S.C. § 1681c-1(a)
Si sospechas de buena fe que eres, o estás por ser, víctima de fraude o robo de identidad, puedes pedir a una agencia nacional que coloque una alerta de fraude por al menos 1 año; debe pasarla a las otras dos. Las víctimas con un informe de robo de identidad pueden obtener una alerta extendida por 7 años. Cualquiera de las alertas te da derecho a copias gratis de tu expediente.
Leer este derecho