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Impuestos a la propiedad

¿Atrasado en sus impuestos a la propiedad, demandado por el condado o frente a una venta del alguacil o condestable? Busque el papel que recibió, vea las fechas y el dinero, y escríbale usted mismo a la oficina correcta.

Información general sobre la ley de Texas, no asesoría legal. Techoclaro no es un bufete de abogados. Las cantidades y fechas son cálculos según la ley — el estado de cuenta por escrito de la oficina de impuestos y sus papeles del tribunal son los que valen.

Después de una venta por impuestos

Una venta no siempre es el final. Pueden quedar dos derechos — recomprar la casa y reclamar el dinero sobrante — cada uno con su propio plazo.

Recomprar la casa (redención)

Después de una venta, una residencia se puede redimir durante dos años desde el día en que se registra la escritura del comprador: el precio más costos más 25% el primer año o 50% el segundo. Otra propiedad: 180 días, prima de hasta 25%.

  • El plazo empieza el día en que la escritura del comprador se registra con el secretario del condado, no el día de la venta.
  • El precio es lo que pagó el comprador, la tarifa de registro y los impuestos y costos que pagó el comprador — más 25% el primer año o 50% el segundo.
  • Pida por escrito al comprador la lista detallada de costos; la respuesta vence en 10 días y solo cuentan los costos detallados.
  • Si no se encuentra al comprador o se niega, puede pagar al asesor-recaudador del condado con una declaración jurada.
  • La redención no le permite quedarse en la casa ni cobrar renta mientras tanto, y el derecho no se puede vender ni transferir.

Tex. Tax Code § 34.21(a) · Tex. Tax Code § 34.21(a) · Tex. Tax Code § 34.21(e)(1) · Tex. Tax Code § 34.21(f) · Tex. Tax Code § 34.21(i)

Reclamar el dinero sobrante (fondos excedentes)

Si la venta dejó más que el fallo y los costos, lo que sobra lo guarda el secretario de distrito. Los dueños anteriores que fueron demandados (o sus herederos) pueden reclamarlo con una petición en el mismo tribunal antes del segundo aniversario de la venta.

  • El secretario de distrito guarda el dinero sobrante por dos años y debe enviar un aviso al dueño anterior si son más de $25.
  • El reclamo es una petición en el mismo tribunal, presentada antes del segundo aniversario de la venta; las otras partes reciben copia al menos 20 días antes de la audiencia.
  • Los gravámenes de la hipoteca y de la HOA y los impuestos posteriores cobran antes que los dueños anteriores.
  • La hipoteca y otros acreedores con gravamen cobran antes que los dueños. No necesita pagarle a nadie para encontrarlo: quien no es abogado no puede cobrar, y los honorarios de un abogado tienen un tope del 25% o $1,000, lo que sea menor.

Tex. Tax Code § 34.02(d) · Tex. Tax Code § 34.03(a)(1) · Tex. Tax Code § 34.04(a) · Tex. Tax Code § 34.04(i)

Cuidado con ofertas que le cuestan

Los préstamos de gravamen fiscal pueden cobrar hasta 18% al año y están prohibidos para residencias de 65+. Los “cazadores de herederos” no pueden comprar su reclamo de fondos excedentes antes del día 36, ni por teléfono o en persona, y deben pagar al menos el 80% por adelantado.