Excedente (sobrante) después de una venta
Si la venta produjo más que la deuda y los costos, puede sobrar dinero. Texas no tiene una ley para el excedente de ventas por fiduciario; manda la escritura de fideicomiso, y normalmente se paga a los acreedores posteriores antes que al ex dueño.
- Pida por escrito al fiduciario sustituto el precio de venta, la cantidad acreditada a la deuda y si existe excedente.
- No necesita pagarle a nadie para reclamar su propio dinero. Un ayudante pagado de “recuperación de excedentes” es un consultor de ejecución según la ley de Texas (Código de Negocios y Comercio § 21.001).
- Las ventas por impuestos siguen otra regla (Código de Impuestos) — pregunte al secretario del distrito.
Tex. Bus. & Com. Code § 21.001(a)(1)(I)
Escribir la solicitud de información sobre excedentes